(Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y lucha contra la corrupción)
La información que afecte a la gestión de la Autoridad Portuaria de Málaga en relación con las cuestiones previstas en el art. 2 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, puede ser puede puesta a disposición de la Autoridad Portuaria de Málaga tanto de forma verbal como escrita, con identificación o no del informante, exclusivamente a través del canal de información específico, que se desdobla en los siguientes medios:
Toda la información recibida será tratada con carácter confidencial por los empleados públicos de la Autoridad Portuaria de Málaga designados Responsables de su Sistema Interno de Información y gestionada conforme al procedimiento de gestión de la información aprobado específicamente para este Sistema.
Puede acceder al Procedimiento de Gestión de la información recibida a través de los canales del Sistema Interno de Información y aprobado por la Autoridad Portuaria de Málaga pulsando aquí.