La Autoridad Portuaria de Málaga es el organismo público a quien corresponde la gestión del Puerto de Málaga, puerto de interés general integrado en el sistema portuario de titularidad estatal, constituido por un total de 28 autoridades portuarias y el organismo público Puertos del Estado, al que corresponde la coordinación y el control de eficiencia del sistema portuario.
Competencias de la Autoridad Portuaria
La Autoridad Portuaria de Málaga se rige por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. De acuerdo con dicho Real Decreto Legislativo, desarrolla las siguientes competencias en el Puerto de Málaga:
El Consejo de Administración rige y administra el puerto dando entrada, como órgano colegiado, a los diferentes niveles de la Administración (Central, Autonómica y Local).
El Presidente del Consejo de Administración será el Presidente de la Autoridad Portuaria, habrá un miembro nato (el Capitán Marítimo) y un número de vocales comprendido entre 10 y 13 (podemos poner link al enlace del Consejo de Administración).
La Administración General del Estado estará representada, además de por el Capitán Marítimo, por tres de estos vocales, de los cuales uno será un Abogado del Estado y otro pertenecerá al Organismo Público Puertos del Estado; la Comunidad Autónoma estará representada, además de por el Presidente, por cuatro vocales; el Ayuntamiento de Málaga tendrá una representación del 33 por 100 del resto de los miembros del Consejo y, por último, el 66 por ciento del resto de los miembros del Consejo serán designados en representación de las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación, organizaciones empresariales y sindicales y sectores económicos relevantes en el ámbito del puerto de Málaga.
El Presidente de la Autoridad Portuaria será designado y separado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma entre personas de reconocida competencia profesional e idoneidad, correspondiéndole, como principales funciones, las siguientes:
a) Representar de modo permanente a la Autoridad Portuaria y a su Consejo de Administración en cualesquiera actos y contratos y frente a toda persona física o jurídica, ya sea pública o privada, en juicio o fuera de él, sin perjuicio de las facultades de apoderamiento propias del Consejo de Administración.
b) Convocar, fijar el orden del día, presidir y levantar las reuniones del Consejo de Administración, dirigiendo sus deliberaciones. La convocatoria podrá tener lugar de oficio o a propuesta de la quinta parte de los miembros del Consejo de Administración.
c) Establecer directrices generales para la gestión de los servicios de la entidad.
d) Velar por el cumplimiento de las normas aplicables a la Autoridad Portuaria y de los acuerdos adoptados por el Consejo de Administración.
El Director será nombrado y separado por mayoría absoluta del Consejo de Administración, a propuesta del Presidente, entre personas con titulación superior, reconocido prestigio profesional y experiencia de, al menos, cinco años en técnicas y gestión portuaria. Sus principales funciones son:
a) La dirección y gestión ordinaria de la entidad y de sus servicios, con arreglo a las directrices generales que reciba de los órganos de gobierno de la Autoridad Portuaria, así como la elevación al Presidente de la propuesta de la estructura orgánica de la entidad.
b) La incoación y tramitación de los expedientes administrativos, cuando no está atribuido expresamente a otro órgano, así como la emisión preceptiva de informe acerca de las autorizaciones y concesiones, elaborando los estudios e informes técnicos sobre los proyectos y propuestas de actividades que sirvan de bas87e a las mismas.
c) La elaboración y sometimiento al presidente para su consideración y decisión de los objetivos de gestión y criterios de actuación de la entidad, de los anteproyectos de presupuestos, programa de actuaciones, inversión, financiación y cuentas anuales, así como de las necesidades de personal de la entidad.
Para la gestión y apoyo en la toma de decisiones de la Autoridad Portuaria, existe un comité de dirección compuesto por el Presidente, Director y los Jefes de Área y Departamento.
En este apartado se publica la composición del Consejo de Administración, el organigrama de la Autoridad Portuaria, el perfil y las retribuciones de los responsables de la institución, así como la composición del Consejo de Navegación y Puerto.
La Autoridad Portuaria de Málaga ha desarrollado un Plan Estratégico, el cual ha sido aprobado por su Consejo de Administración en diciembre de 2023.
El Plan Estratégico 2024-2030 de la Autoridad Portuaria de Málaga trata de determinar el rumbo para reforzar su posicionamiento como puerto sostenible, eficiente y comprometido con el desarrollo de su entorno y referente en la fachada mediterránea, como vínculo de conexión entre Europa y África.
La estrategia, alineada con los principios rectores del Marco Estratégico de Puertos del Estado tiene un objetivo ambicioso pero factible, de crecimiento y evolución en todas las líneas de negocio (transporte de mercancías, pasajeros, cruceros, actividad logística y náutica deportiva), potenciando la apuesta por el Puerto Verde y la interconexión con la actividad económica innovadora de la ciudad de Málaga y su entorno.
Este documento nace con la MISIÓN de impulsar, en colaboración con la Comunidad Portuaria y la ciudad, el desarrollo logístico, industrial y turístico en nuestra zona de influencia, a través de la oferta de una infraestructura, servicios y conexiones intermodales competitivas, a fin de contribuir sosteniblemente al desarrollo del tejido empresarial y productivo al que servimos.
La VISIÓN del documento nos debe marcar ser un modo intermodal de referencia para la conexión entre los continentes europeo y africano y fuerza motriz para el desarrollo sostenible e innovador de la logística, la industria y el turismo de Málaga y Andalucía.
Dicho documento ha desarrollado un sistema de indicadores que sirven para evaluar la implementación de los distintos objetivos estratégicos desarrollados en el trabajo.
Anualmente, se elabora un Plan de Empresa el cual debe contener un diagnóstico de situación, las previsiones de tráfico portuario, las previsiones económico-financieras, los objetivos de gestión, los objetivos e indicadores de sostenibilidad ambiental del puerto, la estructura de personal y oferta de empleo, la evolución de los ratios de gestión, la programación financiera, la programación de inversiones públicas, la estimación de inversiones privadas, el objetivo anual de rentabilidad, los coeficientes correctores de las tasas que correspondan con arreglo a los supuestos expresados en los arts. 163 a 168 del Texto de la Ley de Puertos y las bonificaciones a las tasas.
El Plan de empresa se formula por la Autoridad Portuaria y se somete a la aprobación del Consejo Rector de Puertos del Estado.
Aprobación Plan Inversiones 2024-2028
La Autoridad Portuaria de Málaga realiza un seguimiento trimestral de los objetivos de gestión consensuados con Puertos del Estado para el ejercicio en curso de acuerdo a lo acordado en la reunión de Plan de Empresa. Para ello dispone de una herramienta informática en la que se recogen todos los objetivos fijados para el año desglosando en cada uno de ellos los hitos a desarrollar en cada uno de ellos para la consecución del mismo con la valoración porcentual del avance del mismo a lo largo del año.
En cualquier momento, podrá ejercer el derecho de acceso a documentación pública o realizar petición de documentos a través del Portal de Transparencia de la Administración General del Estado.
Estructura organizativa del personal.
Convenios colectivos vigentes:
Los reconocimientos de compatibilidades que afectan al personal de la Autoridad Portuaria de Málaga se pueden consultar en el siguiente enlace.
Relación de Inmuebles (oficinas, locales, etc), tanto propios como en régimen de arrendamiento, ocupados y/o adscritos, enlace.
Relación de vehículos oficiales, enlace.
Última actualización 11/07/2025
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